Nuevas Reformas del Código Penal: Elevación de Penas para Agresores Sexuales en República Dominicana

La República Dominicana está en el umbral de una significativa reforma legal que podría transformar el tratamiento de los delitos sexuales en el país. Un nuevo proyecto de ley, que propone una actualización integral del Código Penal, sugiere un aumento drástico en las penas para quienes sean declarados culpables de agresiones sexuales.

Según el nuevo proyecto de ley, las personas condenadas por agresiones sexuales enfrentarán penas de 10 a 20 años de prisión. En los casos en que estas agresiones no constituyan violación o incesto, las sanciones serían de cuatro a diez años de prisión, además de multas que oscilarán entre diez y 20 salarios mínimos del sector público.

Particularmente severas serán las penas para los adultos que cometan agresiones sexuales contra niños o adolescentes. Dado que los menores no están en capacidad de dar su consentimiento, las condenas para estos delitos oscilarán entre 10 y 20 años de prisión.

El artículo 134 del proyecto de ley define claramente lo que constituye una violación sexual. Se tipifica como violación cualquier acto de penetración perpetrado sin consentimiento, ya sea por la vagina, ano o boca, o mediante la introducción de objetos o partes del cuerpo en las primeras dos vías mencionadas. Además, las actividades sexuales no consentidas dentro de una relación de pareja también serán penalizadas.

En situaciones donde el acto sexual se realice mediante engaño, fuerza, intimidación, amenaza o coacción, o cuando se utilicen sustancias para anular la voluntad de la víctima, los agresores podrían enfrentar entre cuatro y diez años de prisión. Esta misma sanción se aplicará en casos donde las víctimas estén imposibilitadas de consentir debido a enfermedades o discapacidades mentales, ya sean temporales o permanentes.

El proyecto de ley también castiga con cárcel a quienes obliguen o induzcan a su pareja, mediante violencia física o psicológica, a tener relaciones sexuales con terceros.

En situaciones de violación sexual agravada, donde la víctima sufre mutilaciones, lesiones o incapacidades permanentes, o si la víctima es un niño, adolescente, una persona vulnerable por edad, enfermedad, discapacidad o embarazo, las penas oscilarán entre 20 y 30 años de prisión.

La pena máxima propuesta es para los casos de violación seguida de muerte, con condenas que varían entre 30 y 40 años de prisión, además de multas de 50 a mil salarios mínimos del sector público.

Actualmente, bajo el Código Penal vigente, los delitos sexuales en la República Dominicana son castigados con penas de una a cuatro años de prisión, una sanción que muchos consideran insuficiente para la gravedad del delito. Esta nueva legislación representa un esfuerzo significativo por parte del gobierno y las autoridades legislativas para brindar una mayor protección a las víctimas de agresiones sexuales y asegurar que los agresores reciban penas adecuadas a la gravedad de sus crímenes.

Estas reformas han generado un amplio debate en la sociedad dominicana, subrayando la importancia de establecer un sistema judicial que garantice justicia y protección para todas las personas, especialmente las más vulnerables. La aprobación de esta legislación podría marcar un hito en la lucha contra la violencia sexual en el país, proporcionando un marco legal más robusto y disuasivo para los delitos sexuales.

Los próximos pasos dependerán del consenso necesario para la aprobación definitiva del proyecto de ley, un proceso que será observado de cerca por la ciudadanía y diversas organizaciones de derechos humanos comprometidas con la protección de los derechos de las víctimas.

Por: Jean Carlos Santos M.A
Abogado

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