Presidente Fedomu se opone a embargos retentivos contra gobiernos locales

Advirtió que dicha práctica era considerada como etapa superada, pero han vuelto a entorpecer el normal desenvolvimiento de los ayuntamientos. El alcalde vegano denunció que “todo ese proceso arbitrario es en franca violación a la Ley 86-11 sobre la inembargabilidad de fondos públicos, la cual establece, entre otras cosas, que hasta que la sentencia no sea definitiva no se puede intentar embargos retentivos contra las cuentas bancarias de las instituciones públicas”.

República Dominicana: El presidente de la Federación Dominicana de Municipios (Fedomu) y alcalde de La Vega, Kelvin Cruz, expresó preocupación por los embargos irregulares que se realizan en contra de las cuentas de los gobiernos locales, sobre todo en sucursales bancarias del interior del país.

Advirtió que dicha práctica era considerada como etapa superada, pero han vuelto a entorpecer el normal desenvolvimiento de los ayuntamientos.

“Existe un patrón que se repite en cada localidad, y es que próximo a la fecha de pago en los ayuntamientos, los acreedores traban embargos sin sentencias definitivas, a veces con recibos o pagaré notariales, todo con el propósito de doblegar la voluntad de los alcaldes y obligarlos a arribar a una negociación”, manifestó el presidente de Fedomu.

El alcalde vegano denunció que “todo ese proceso arbitrario es en franca violación a la Ley 86-11 sobre la inembargabilidad de fondos públicos, la cual establece, entre otras cosas, que hasta que la sentencia no sea definitiva no se puede intentar embargos retentivos contra las cuentas bancarias de las instituciones públicas”.

Cruz citó que "incluso la ley va más lejos, cuando dice que en el caso de que ya la sentencia sea definitiva, con el hecho del ayuntamiento colocar la deuda en el presupuesto del año siguiente, no se puede trabar embargo".

Agregó que el hecho de que un ayuntamiento proceda a elevar demanda en referimiento para levantar dicha acción, no resuelve el problema, porque lo pone en una situación de desventaja, ya que el sistema de justicia haría estos procesos de urgencia un poco tedioso.

“Los gobiernos locales se rigen por un principio rígido de legalidad presupuestaria que tiene rango constitucional. Ninguna erogación de fondos puede provenir de autoridades competentes si no son de aquellas que ya han sido establecidos en el presupuesto”, señaló.

El presidente de Fedomu recordó que “la tercera sala de la Suprema Corte de Justicia ha expresado mediante la sentencia 99 del 15 de febrero del 2017, que el principio de legalidad es para que la administración pública no distraiga ni dé mal uso a los bienes que ella tiene en su poder”.

Ante las mencionadas violaciones, el presidente de Fedomu solicita al administrador general del Banco de Reservas, Samuel Pereira, que tenga a bien instruir a los gerentes de sucursales a nivel nacional a que se abstengan de trabar embargos contra los ayuntamientos, y dar fiel cumplimiento a la Ley 86-11 sobre la inembargabilidad de fondos públicos.

El alcalde de La Vega reconoció la labor que viene realizando el administrador del BanReservas, a quien definió como un profesional eficiente orientado en buscar soluciones por sus dotes de gerente extraordinario.

Fuente: https://www.diariolibre.com

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