JCE da para atrás a decisión de cancelación de empleados

En el acta 26-BIS-2021 no se especifica las faltas en que habría incurrido, ni el cargo que ocupa.

 

El pleno de la Junta Central Electoral (JCE) reconsideró la cancelación de cuatro empleados, a raíz de instancias elevadas por los desvinculados apelando a sus hojas de servicios y antigüedad en el oficio.

La medida benefició a los empleados: Sidney Ruddy Saviñón Gil, Amneris Gisselle García Cabrera, María Altagracia Fondeur y Elvin Feliz y Feliz, quienes tras ser notificados de sus cancelaciones procedieron a recurrir la medida.

Saviñón Gil apeló a que su caso fuera reconsiderado y se aplicará el debido proceso. “Si ustedes entienden que mis faltas ameritan cualquier tipo de sanción, como empleado fiel, las acepto y agradezco el tiempo que me han dejado servir a la patria”, dijo Saviñón Gil.

En el acta 26-BIS-2021 no se especifica las faltas en que habría incurrido, ni el cargo que ocupa.

García Cabrera, trabajaba como oficial del Estado Civil en la Oficialía del municipio de San Ignacio de Sabaneta, también argumentó que había sido desvinculada injustamente.

“La motivación de una decisión administrativa no debe estar ausente, porque se vulnera los derechos de la señora Amneris Gisselle García Cabrera, al no saber el motivo por el cual fue desvinculada de su puesto de trabajo, el cual ocupó por un periodo de tiempo desde el año 2012 como Oficial del Estado Civil”, refiere el acta.

En el caso de Fondeur, asistente administrativa de la primera circunscripción del Distrito Nacional, sustentó su solicitud basada en su conducta ética y responsabilidad institucional. Requirió que en su caso se tomara en cuenta su expediente y hoja de servicio.

Mientras Feliz Feliz fundamentó su recurso en que fue separada de la institución violentando disposiciones de la Constitución de la República en lo relativo al debido proceso de las actuaciones judiciales y administrativas.

“Acoger la solicitud toda vez que no existen motivos justificativos para mi separación de la institución”, aduce en la instancia.

Luego de ponderar los requerimientos, los miembros del pleno de la JCE establecieron que los empleados apelaron a la buena administración y a criterios de oportunidad fundamentados en su hoja de servicio institucional, lo que consideraron válidos para reconsiderar la medida.

En consecuencia dispusieron su reincorporación en las mismas posiciones que ocupaban antes de haberse dejado sin efecto sus nombramientos. La decisión se emitió el 12 de agosto del presente año.

Rechazado

Otro caso se registró el 12 de agosto pasado cuando se dejó sin efecto el nombramiento de José Espedito Martínez Mejía, como supervisor I, en el departamento de Organización y Logística Electoral de la JCE. El empleado fue notificado el 18 de agosto por recursos humanos y este apeló a su reconsideración ante el pleno bajo el argumento de tiene una hoja de servicios en el Estado de 19 años ininterrumpidos y fue paralizado sin ninguna justificación.

Sin embargo, el 13 de octubre el pleno al conocer el caso determinó que goza de autonomía administrativa y puede actuar en consecuencia con la desvinculación.

En su decisión consideró que no existían razón ni motivos suficientes para que este órgano disponga de su reincorporación y por ello el recurso fue rechazado.

 

 

FUENTE: https://www.diariolibre.com

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