FINJUS exhorta no desvirtuar el uso de la figura del referéndum

SANTO DOMINGO. – El vicepresidente ejecutivo de la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), Servio Tulio Castaños, exhortó este martes que no se desvirtúe el uso de la figura del referéndum, institución jurídica que evoca la transición de una democracia representativa hacia una participativa.

A través de un comunicado, Castaños señala que la Constitución, en el numeral 2 del artículo 22, establece como derecho de todo ciudadano “decidir sobre los asuntos que se les propongan mediante referendo”. “Esto permite a los electores la oportunidad de pronunciarse sobre cuestiones que, ordinariamente, son determinadas por los poderes públicos constituidos”, añadió.

Sobre la posición que sugiere someter a referendo una eventual modificación al artículo 37 de la Constitución, añadió que “es necesario tomar en consideración que el referendo aprobatorio es el mecanismo que permite a los ciudadanos decidir si entran o no en vigencia modificaciones constitucionales sobre materias de alta trascendencia para la vida nacional”.

“Por tanto, debemos ser cuidadosos antes de promover este mecanismo, ponderando las repercusiones jurídicas, políticas y sociales que implicaría el uso de esta herramienta, la cual debe ser vista como otro instrumento de la democracia, sin carácter de obligatoriedad absoluta para las reformas constitucionales, tal como se ha planteado desde la visión doctrinaria norteamericana”, sostuvo.

Recordó que actualmente cursa en el Congreso un proyecto de ley que regula el procedimiento del referendo; la iniciativa tiene por objeto garantizar el ejercicio efectivo de los derechos de participación ciudadana mediante el mecanismo de que se trata.

“Es preciso indicar que la Constitución dominicana establece, además del referendo aprobatorio, que aplica en caso de reforma constitucional, el referendo local y el referendo de tipo consultivo”, manifestó.

 Señaló que “debe saberse que la utilización del referendo aprobatorio no puede convertirse en válvula de escape de las obligaciones que compete a los poderes públicos cuando medien temas de intensa polarización; desvirtuando así el uso y naturaleza de uno de los instrumentos más interesantes de la democracia moderna como lo es el referendo”.

“El Congreso es, por sus características y tradición, el lugar en donde se debe realizar los debates de temas sensibles; ello sin perjuicio de incorporar mecanismos que faciliten la participación ciudadana”, acotó.

 Finjus entiende que conviene, en momentos donde se considera la viabilidad de celebración de un referendo, posterior a la aprobación de una ley al efecto que lo regule, “ponderar de manera integral la utilización de este instrumento de participación directa, de manera que no sea una herramienta en la cual se escude la actuación del legislador ordinario de cara a la atribución de creación y elaboración normativa”.

Fuente: https://elnuevodiario.com.do

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