¿Cuales actividades podrán realizar los Precandidatos durante la Precampaña?

Según lo establecido en la Ley No. 33-18 de Partido, Agrupaciones y Movimientos Políticos de la República Dominicana, hay un sinnúmero de actividades que los precandidatos  podrán realizar, pero que la mayoría de los aspirantes desconocen.

La Ley No. 33-18 de Partido, Agrupaciones y Movimientos Políticos de la República Dominicana, en el Capítulo V, habla sobre la Precampaña Electoral para Cargos de Elección Popular y su Reglamentación.

En el Artículo 43 de la citada Ley, se establece el tipo de propaganda que podrán utilizar los Precandidatos durante el periodo de la Precampaña.

Durante la Pre-campaña, los Precandidatos podrán realizar las siguientes actividades:

Artículo 43-1
Art{iculo 43-2

La mayoría de los Precandidatos están confundidos con las actividades que ellos podrán realizar durante el periodo de la Precampaña que inicia mañana domingo 7 del presente mes de julio.

Esperamos que con esta publicación, los Precandidatos puedan despejar las dudas sobre el particular.

LEAVE A REPLY

Please enter your comment!
Please enter your name here

Compartir esta noticia:

Popular

Puede te guste
Relacionados

Joven le quita la vida a otro en San Juan, dicen lo tenía en zozobra

Por: Las Calientes Del Sur.SAN JUAN DE LA MAGUANA,...

El muro "anti-Haití", bandera electoral en República Dominicana

Militares fuertemente armados lo custodian y en los tramos...

Israel y RD sostienen encuentro diplomático y revisan acuerdos de cooperación bilateral

Los detalles sobre dicha reunión fueron ofrecidos por el...

Fall3ce monseñor Príamo Pericles Tejeda Rosario, obispo emérito de Baní

El monseñor de la Diócesis de La Altagracia, Castro...