Intimación de 250 fiscales al Consejo Superior del Ministerio Público será tramitada

La secretaria general del Consejo Superior del Ministerio Púbico, Gladys Sánchez Richiez, informó este viernes que será tramitada la intimación hecha por 250 fiscales que reclaman que el Ministerio Público reconozca derechos laborales pendientes desde la creación de su Ley Orgánica del Ministerio Público (Ley 133-11), de fecha 9 de julio de 2011.

La intimación fue depositada el pasado miércoles ante el Consejo del Ministerio Público, demandando que en un plazo de 15 días, se les comience a pagar una remuneración acorde a las funciones desempeñadas.

Los fiscales alegan que en la actualidad, la realidad institucional, social y jurídica, ha obligado a que muchos miembros del Ministerio Público tengan que desempeñar funciones que corresponden a niveles jerárquicos superiores, sin el disfrute de los salarios, derechos y beneficios que corresponden a dichas funciones superiores.

Otra situación que les preocupa a los fiscales es la regulación del horario laboral, ya que dicen trabajar extensas jornadas y no son remuneradas.

Además, solicitaron el cumplimiento del debido proceso en las investigaciones disciplinarias. Citan que, “últimamente, las investigaciones llevadas a cabo por la Inspectoría General del Ministerio Público han sido al margen del debido proceso, situación que ha generado malestar colectivo en los miembros del Ministerio Público, quienes señalan violación al artículo 26 del reglamento disciplinario y artículo 44.4 de la Constitución Dominicana”.

Solicitan que, en el mismo plazo, se proceda a dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 65, 68, 102, 126 y 164 del reglamento de carrera, de junio del 2014, relativo a derechos especiales de los miembros de carrera del Ministerio Público y se les entregue bono vacacional, bono anual e incentivos.

También piden que el Consejo Superior de la institución proceda a crear la comisión que dará cumplimiento a la disposición del artículo 106 de la Ley 133-11, acerca de la elaboración del reglamento para creación y administración del fondo de retiro para los miembros de carrera del Ministerio Público, estableciéndole plazos para la presentación del mismo.

Los fiscales de carrera señalan que la Ley 821 de Organización Judicial, en su artículo 58, establece que la competencia de cada funcionario del Ministerio Público está circunscripta a la competencia y a la jurisdicción del tribunal por ante el cual ejerce sus funciones.

Fuente: https://www.diariolibre.com

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