Industria y Comercio advierte a Anadegas consecuencias legales por paro

 SANTO DOMINGO: El Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM) pidió hoy a la Asociación Nacional de Detallistas de Gasolina (ANADEGAS) que deje sin efecto el llamado a paro regional en la venta de combustibles y canalice sus denuncias acompañadas de pruebas, pues de lo contrario indicó que tomarán las medidas necesarias para mantener abastecidos todos los servicios productivos.

En un comunicado de prensa, el MICM advierte que el de los combustibles es un mercado regulado y quien intente provocar daños y alterar el orden, debe saber que se enfrentará a las consecuencias legales, administrativas y penales que conllevan.

Advierte, además, que quienes participen en acciones destinadas a desabastecer el mercado de combustibles, podrían tener que enfrentarse a las acciones civiles y penales que puedan derivarse contra las empresas detallistas y sus directivos, por ocasionar daños a terceros y atentar contra el orden nacional a través de sus acciones”.

Comunica a todas las estaciones de expendio de combustibles y a la población en general que tomará “todas las medidas necesarias para asegurar el abastecimiento de combustibles a nivel nacional, si la Asociación Nacional de Detallistas de Gasolina (ANADEGAS) persiste en su pretensión de suspender la venta y provocar transtornos en el desenvolvimiento de las actividades productivas y económicas del país”.

Recordó que conforme a la Ley 37-17, el MICM es el órgano rector y encargado de la comercialización, control y abastecimiento del mercado de derivados del petróleo y demás combustibles.

Asimismo, se reconoce como una de sus facultades la de establecer las políticas destinadas a garantizar el suministro de combustibles a nivel nacional y la seguridad de las instalaciones y facilidades para su importación, almacenamiento, transporte, distribución y comercialización al por mayor y al detalle.

Emplazó a Anadegas a suspender su amenaza de paro y retomar las vías adecuadas para la presentación de denuncias, “aportando las pruebas correspondientes, como bien ha sido requerido por esta institución en reiteradas ocasiones”.

Recuerda que la Constitución dominicana indica en su artículo 8 que el Estado garantiza la protección efectiva de los derechos de la persona, dentro de un marco de libertad individual y de justicia social, compatibles con el orden público, el bienestar general y los derechos de todos y todas.

Dentro de estos límites, el artículo 62, numeral 6) de la Constitución, reconoce el derecho al paro de las empresas privadas, siempre que se ejerzan con arreglo a la ley, la cual dispondrá las medidas para garantizar el mantenimiento de los servicios públicos o los de utilidad pública.

Agrega que el artículo 403 del Código de Trabajo advierte que no se permiten huelgas ni paros en los servicios esenciales, cuya interrupción fuese susceptible de poner en peligro la vida, la salud o la seguridad de la persona en toda o parte de la población.

Señala que al producirse escasez de un servicio esencial, además regulado, como lo es el suministro de combustibles, en violación del artículo 403, las autoridades podrán acogerse a lo establecido por el artículo 405 del Código de Trabajo: “el Poder Ejecutivo puede asumir la dirección y administración de los servicios suspendidos por el tiempo indispensable para evitar perjuicio a la economía nacional, y dictar todas las providencias necesarias para restablecer dichos servicios y garantizar su mantenimiento”.

“El MICM reafirma su disposición de apertura a los diferentes sectores económicos para escuchar sus inquietudes, reclamos y propuestas, como parte de una gestión gubernamental que cree en el diálogo y en la búsqueda consensuada de soluciones a los problemas nacionales”, dice el comunicado, pero reitera que “esta administración no obtemperará a los mecanismos de presión de ninguna persona ni interés particular que persiga la desestabilización del orden y provoque con ello la afectación de la población en general”.

FUENTE:  elnuevodiario

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