La ADP intima al Ministerio de Educación a cumplir con la ley en la garantía de los derechos de los Docentes

Santo Domingo.- El pasado  martes 20 de marzo de 2018, los Licdos. Eduardo Jorge Prats, Antoliano Peralta y Rafael Santos, en su calidad de abogados de la Asociación Dominicana de Profesores (ADP), declararon que intimaron al Ministerio de Educación a que, en cumplimiento del artículo 39 y el numeral 5 del artículo 63 de la Constitución dominicana; los artículos 132, 133, 134, 135, 136, 137, 138, 139, 140 y 171 de la Ley No. 66-97 General de Educación; y los artículos 5, 6, 15, 16, 17 (1.h), 17 (3.f), 33 y 73 del Decreto No. 639-03 que establece el Estatuto del Docente, inicie un proceso de designación de los Directores Regionales y Distritales de Educación en base estrictamente a un procedimiento legal de concurso, en respeto a la ley y de los derechos de los docentes y con la participación de la ADP en los procesos de evaluación a tales fines, conforme manda la ley

De igual modo, la ADP, a través de sus abogados, intimó al Ministerio de Administración Pública a que cumpla con los artículos 6, 7, 8.1 y 8.7 de la Ley 41-08 de Función Pública, para que ejecute efectivamente con su función de celador en cuanto al cumplimiento de las normativas relativas a la designación de los Directores Regionales y Distritales, con miras a salvaguardar la carrera docente y garantizar los derechos de los docentes.

Los abogados de la ADP advirtieron al Ministerio de Educación y al Ministerio de Administración Pública que, de no obtemperar el requerimiento anterior en un plazo no mayor de quince (15) días laborables computados a partir de la indicada notificación por Alguacil Ordinario, la ADP ejercerá todas las vías de Derecho y jurisdiccionales abiertas y pertinentes.

Los juristas aseguraron que pronto terminarán el análisis de las distintas acciones jurisdiccionales que eventualmente serán incoadas por la referida asociación sindical a raíz de la Ordenanza No. 24-2017, la cual adolece de serios vicios de ilegalidad e inconstitucionalidad que trasgreden los derechos tanto de la ADP como gremio, así como de sus miembros, siendo uno de los más graves la afectación de una de las conquistas más importantes en materia educativa de la República Dominicana, como lo es el afianzamiento de una carrera docente, que sin lugar a dudas constituye una de las piedras angulares de la Ley No. 1-12 sobre Estrategia Nacional de Desarrollo, en lo relativo a la consolidación de un sistema educativo de calidad para todos y todas”.

Afirman Jorge Prats, Peralta y Santos que las acciones judiciales previstas tendrán como objetivo fundamental asegurar el fortalecimiento y afianzamiento de la carrera docente, en este caso, en favor de los funcionarios administrativos-docentes del sistema educativo dominicano, “que han padecido serias vulneraciones de sus derechos por la aplicación de la Ordenanza 24-2017”. Aunque reconocen los esfuerzos del Ministerio de Educación, los abogados de la ADP indican que este caso de ilegalidad manifiesta y vulneración de derechos debe ser resuelto o bien por las autoridades o bien por los tribunales para el correcto funcionamiento del sistema educativo dominicano y los derechos de estudiantes y docentes.

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