Elías Báez saluda decisión del TC que anula restricciones en pensiones

Elías Báez, calificó como “justa y resarcitoria” la sentencia TC/0305/25 del Tribunal Constitucional, que anula varias disposiciones del Contrato de Póliza de Discapacidad y Sobrevivencia, aprobado mediante la Resolución No. 569-03 del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS).

SANTO DOMINGO, República Dominicana: – El titular de la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA), Elías Báez, calificó como “justa y resarcitoria” la sentencia TC/0305/25 del Tribunal Constitucional, que anula varias disposiciones del Contrato de Póliza de Discapacidad y Sobrevivencia, aprobado mediante la Resolución No. 569-03 del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS).

Entre las disposiciones anuladas figuran el límite de edad de 65 años para acceder a pensiones por discapacidad y el plazo de prescripción para solicitar pensiones por discapacidad o sobrevivencia.

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El Tribunal consideró que estas limitaciones violaban derechos fundamentales, al ser regresivas y contrarias a los principios constitucionales de progresividad, igualdad, dignidad humana, razonabilidad y favorabilidad.

En ese sentido, Báez expresó que la sentencia representa un reconocimiento del derecho consagrado en la Ley 87-01, en lo relativo al seguro de discapacidad y sobrevivencia, respaldado a su vez por el derecho a la seguridad social contemplado en la Constitución.

“El principio de imprescriptibilidad ha sido una de nuestras principales propuestas en el marco de la reforma a la Ley 87-01”, precisó el titular de la DIDA.

Tras el fallo, la DIDA informó que revisará los casos que habían sido archivados o cerrados por aplicación de los límites ahora anulados. Además, reactivará las gestiones de seguimiento para los afiliados afectados y actualizará sus orientaciones y servicios, incorporando esta nueva jurisprudencia constitucional.

La institución también participará activamente en la modificación del contrato de póliza, aportando evidencia de casos reales y reafirmando su rol en defensa de los derechos de los afiliados.

Cabe destacar que la DIDA mantuvo una posición firme ante el CNSS durante años, exigiendo la eliminación de estas limitaciones, aunque su propuesta fue rechazada en la más reciente resolución del Consejo. Sin embargo, el CNSS instruyó a la DIDA a conformar una mesa de trabajo para evaluar los casos y procurar una interpretación más adecuada de la normativa.

“La protección de los derechos de las personas envejecientes y con discapacidad debe ser una prioridad en un sistema de seguridad social digno, inclusivo y justo. Esta sentencia nos brinda nuevas herramientas para continuar luchando en ese camino”, concluyó Báez.

Fuente: https://elnuevodiario.com.do

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