Senado aprueba proyecto que regula la sucesión en el nivel municipal

La normativa, presentada por la senadora de la provincia Hermanas Mirabal, María Mercedes Ortiz, busca regular la suplencia de alcaldes, vicealcaldes, regidores y directores de las juntas de distritos municipales en la República Dominicana.

SANTO DOMINGO, República Dominicana: – El Senado de la República aprobó en segunda lectura, de manera unánime y con la participación de 20 senadores presentes, el proyecto de ley que regulará a futuro todo lo relativo a la sucesión en el nivel municipal.

La propuesta modifica los artículos 36, 64 y 81, y adiciona los artículos 66.1 y 66.2 a la Ley 176-07, del Distrito Nacional y los Municipios, referentes a la sucesión de alcaldes, vicealcaldes, regidores y directores municipales.

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La normativa, presentada por la senadora de la provincia Hermanas Mirabal, María Mercedes Ortiz, busca regular la suplencia de alcaldes, vicealcaldes, regidores y directores de las juntas de distritos municipales en la República Dominicana.

Según una nota informativa, los cambios se establecen mediante las modificaciones a los artículos 36, 64 y 81, los cuales regulan la forma en que se seleccionan a los alcaldes, vicealcaldes y regidores.

El artículo 3, que modifica el artículo 36 sobre los regidores, dispone que, si no existe un suplente para sustituir a un regidor, el partido político que lo postuló deberá presentar una terna al Concejo de Regidores dentro de 30 días.

Además, se especifica que los candidatos incluidos en la terna deberán provenir del listado de aspirantes a regidor en la demarcación donde ocurrió la vacante. En caso de que no se someta la terna en el plazo establecido, el Concejo de Regidores seleccionará al sustituto a partir de una terna presentada por el alcalde.

El artículo 4, que modifica el artículo 64 sobre la sustitución de alcaldes, señala que, en caso de que el alcalde no pueda continuar en funciones, asumirá el cargo el vicealcalde.

Si el vicealcalde tampoco puede ejercer la función, el secretario general de la alcaldía tomará el cargo de manera provisional. En caso de que no exista un secretario general, el presidente del Concejo de Regidores requerirá que el partido político someta una propuesta dentro de 30 días.

Una vez recibida esta propuesta, se convocará una sesión del Concejo de Regidores dentro de los 30 días siguientes para elegir al nuevo alcalde.

El proyecto ahora será remitido a la Cámara de Diputados para su análisis y eventual aprobación.

Fuente: https://elnuevodiario.com.do

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