La ley de alquileres: estancada en el Congreso y con un pobre avance

El proyecto de ley de alquileres fue aprobado en primera lectura justo antes de que el anterior período congresual dejara su cargo en julio de 2024. De acuerdo con los registros de la Cámara de Diputados, la pieza fue depositada nuevamente el 19 de agosto, pero aún no ha sido enviada a una comisión para su estudio.

República Dominicana: Aunque ha sido aprobado por lo menos cuatro veces en el Congreso Nacional, el proyecto de ley de alquileres no avanza hacia su aprobación.

El autor de la pieza es el presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, quien dijo que empezarían a estudiarla en el actual periodo legislativo.

El proyecto de ley de alquileres fue aprobado en primera lectura justo antes de que el anterior período congresual dejara su cargo en julio de 2024.

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De acuerdo con los registros de la Cámara de Diputados, la pieza fue depositada nuevamente el 19 de agosto, pero aún no ha sido enviada a una comisión para su estudio.

Lejos de aprobación
Las numerosas veces que ha perimido, sumadas a las modificaciones y ataques que ha recibido, ubican a la pieza congresual lejos de aprobarse pronto.

  • El Congreso que asumió en agosto de este año incluye a más de 90 diputados nuevos, quienes tendrán que ver la propuesta desde cero.

Pacheco dice hay disposición
Alfredo Pacheco, quien ha sometido la iniciativa en varias legislaturas, explicó que la Cámara de Diputados está en disposición de estudiarla en este cuatrienio junto a otros importantes proyectos como la ley de aguas o la reforma a la seguridad social.

Detalles del proyecto
El último proyecto que aprobaron los diputados y que se encuentra actualmente como vigente en sus registros, contiene todo un capítulo que indica el procedimiento que se deberá usar para los desalojos por falta de pago de la renta.

El proceso de desalojo de un inquilino que no pague el alquiler iniciará con una citación del fiscalizador, quien deberá decidir sobre el asunto en un plazo de 30 días.
El proyecto de ley de alquileres ordena, en su artículo siete, que "los gastos legales del contrato de renta sean cubiertos en pagos iguales entre el propietario y el inquilino" y, en otro punto, establece que el pago de comisiones por corretaje correrá por cuenta de quien contrate el servicio. Incluye también una jurisdicción especial.

Fuente: https://www.diariolibre.com

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