Antoine Thevenet tiene como medida de coerción presentación periódica, impedimento de salida del país y una garantía económica de 70 mil pesos, por la acusación en su contra de fumigar un apartamento de la Torre Da Silva 3, en Piantini, donde una madre y su bebé murieron tras ser afectados por el químico de la fumigación.
SANTO DOMINGO, República Dominicana: El Ministerio Público (MP) tiene hasta el día de hoy para presentar la acusación formal o el archivo del expediente que involucra al francés George Antoine Thevenet, acusado de fumigar un apartamento en el sector Piantini que causó la muerte a dos personas.
El juzgado control apoderado para conocer este caso es el Séptimo de la Instrucción del Distrito Nacional, quien se desapoderará del mismo cuando el órgano acusador presente la acusación en el tribunal coordinador de esa jurisdicción.
Luego del vencimiento del tiempo, que caduca este viernes a las 12:00 de la noche, se procede a otorgar 10 días más al Ministerio Público, para entregar la acusación, si no lo hace el juez puede declarar la extradición de la acusación penal.
La información sobre el vencimiento del plazo fue dada a conocer por la secretaría del Séptimo Tribunal de la Instrucción.
De acuerdo al artículo 151 del Código Procesal Penal, vencido el plazo de la investigación, si el Ministerio Público no acusa, no dispone el archivo, ni presenta otro requerimiento conclusivo, el juez de oficio o a solicitud de parte, intima al superior inmediato notifica a la víctima, para que formulen su requerimiento en diez días. Si ninguno de ellos presentan requerimiento alguno, el juez declara extinguida la acción penal.
Antoine Thevenet tiene como medida de coerción presentación periódica, impedimento de salida del país y una garantía económica de 70 mil pesos, por la acusación en su contra de fumigar un apartamento de la Torre Da Silva 3, en Piantini, donde una madre y su bebé murieron tras ser afectados por el químico de la fumigación.
Se les imputa de violación de los artículos 295, 301 y 302 del Código Penal.
El artículo 295 tipifica el homicidio voluntario, mientras que el 301 se refiere al envenenamiento, que conlleva una prisión de hasta 30 años de reclusión mayor, según el artículo 302, que habla de la condena.
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