TSA conocerá el lunes recurso contra resolución a medidas impuestas por Salud Pública

La demanda fue presentada por el abogado Yan Carlos Martínez Segura

Decisión del Ministerio de Salud Pública de ordenar presentación de tarjeta de vacunación contra el COVID-19 para acceder a lugares de uso público encuentra objeciones legales que deberán decidirse en los tribunales de Justicia.

La Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional citó de manera formal a la Presidencia de la República, al Ministerio de Salud y su titular Daniel Enrique De Jesús Rivera por supuestamente “tener diversas violaciones constitucionales” en torno a la obligatoriedad de la tarjeta de vacunación.

La cita fue fechada para el lunes 18 del presente mes de octubre a las 10:00 de la mañana.

Los abogados elevaron su instancia contra la Presidencia de la República, representada por Luis Abinader– y el Ministerio de Salud Pública, en la persona de su titular Daniel Enrique de Jesús Rivera Reyes.

Argumentan que la disposición de Salud Pública atenta contra los artículos de la Constitución 38 (Dignidad humana); 39 (Derecho a la igualdad); 40 (Derecho a la libertad y seguridad personal); 42 (Derecho a la integridad personal); 62 (Derecho al trabajo) y 74 (principios de aplicación e interpretación de los derechos y garantías fundamentales).

Además, los artículos 3 y 4 de la Ley 107-13 sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo.

“En razón de que existe una seria amenaza a los derechos fundamentales de la colectividad, en consecuencia de los accionantes, una amenaza que supone la limitación de amplios derechos constitucionales, a millones de ciudadanos con consecuencias insospechadas y generadoras de consecuencias incluso que perturben la paz y el orden público, generando caos, violencia y desorden en las vías, transporte público y espacios de recreación”, aduce el documento con fecha 10 de octubre.

La cita está contenida en el Auto civil núm. 504-2021-SAUT-0345 con el número único de caso 2021-0020013.

 

 

FUENTE: https://www.diariolibre.com

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