Anadive solicita adecuada aplicación de norma para uso de placa DD

La Asociación Nacional de Agencias Distribuidoras de Vehículos (Anadive) solicitó este miércoles a la Dirección General de Seguridad y Tránsito Terrestre (Digesett) explicar adecuadamente a sus agentes de tránsito el espíritu de la disposición de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) que otorga la placa DD para los importadores de vehículos.

La repuesta de la entidad se produce horas después de que circulara un video en las redes en el que una agente de la Digesett multa a una persona que transitaba en un vehículo con una placa DD.

Según un comunicado enviado a Diario Libre, Anadive entiende que “la interpretación errada de esa facilidad que otorga la agencia de recaudación del Gobierno pudiera generar una situación indeseable a empresarios y empleados que cumplen con sus obligaciones fiscales y están dedicados a un trabajo honesto y de lícito comercio”

A través de la nota, considera que hay una gran confusión con respecto a la declaración divulgada en la prensa nacional y redes sociales, atribuida a una agente de la Digesett, que detuvo un vehículo provisto de placa DD o de traslado, y le exige al conductor la autorización para permitir circular el automóvil con ese tipo de chapa.

En ese sentido, Anadive sostiene que en realidad no existe ninguna normativa emanada de DGII, ni hay regulación del Intrant que establezca que ese tipo de placa es exclusivamente para el traslado de vehículos del muelle a destino.

Manifiesta que la conversación, “en el caso que nos ocupa, de la agente de la Digesett se transcribe textualmente, tal como aparece en el video: “La orden que tenemos es que esa placa es para movilizar vehículos del muelle al dealer. Si usted me enseña una autorización para transitar del muelle para el dealer no hay ningún inconveniente”.

En tal sentido, asegura que esa acción “por desconocimiento”, “constituye una arbitrariedad y crea confusión a la ciudadanía e indica que en honor a la verdad, el sistema de información de Dirección General de Aduanas emite una Carta de Ruta para retirar los vehículos del puerto a las instalaciones de los importadores. Por lo que esa autorización no es necesaria”.

Destaca que la placa DD para lo que está destinada es para facilitar las operaciones de los importadores y distribuidores de automóviles, permitiendo trasladar las unidades para prueba de manejo a clientes, servicios mecánicos a talleres, a tasaciones de bancos y seguros, para transportes a ferias, entre otros requerimientos.

Afirma que según certificación de la DGII, que es la entidad autorizada por ley para emitir las placas y garantizar el derecho de circulación: “Las Placas DD son otorgadas únicamente a las personas jurídicas debidamente registradas con la actividad de venta de vehículos, para fines de trasladar vehículos a ser mostrados a potenciales clientes”, así como para traslados a ferias, reparaciones y/o mantenimiento. A su vez, quien conduzca o acompañe un vehículo con placa de traslado, deberá portar el documento que lo identifique como empleado del importador, concesionario, distribuidor y/o dealer autorizado”.

Fuente: https://www.diariolibre.com

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