Presidente Abinader emite decreto con nuevo horario toque de queda; cambios entran en vigencia hoy

SANTO DOMINGO.- El presidente Luis Abinader emitió este martes el decreto 698-20, en el cual están plasmados los cambios en el toque de queda para seis provincias, entrando en vigencia hoy, para optimizar la prevención de la propagación del COVID-19.

En el Distrito Nacional y las provincias Santo Domingo, Santiago, Duarte, La Vega y Puerto Plata, el toque de queda abarca todos los días, de 7:00 de la noche  a 5:00 de la madrugada. Sin embargo, las personas contarán,   todos los días, con una gracia hasta las 9:00 de la noche, para transitar exclusivamente hacia sus respectivas residencias.

Los sábados, domingos y días feriados de 7:00 de la noche hasta las a 5:00 de la madrugada.

Al igual que en las otras provincias, en esos días las personas contarán con una gracia hasta las 9:00 de la noche para transitar exclusivamente hacia sus respectivas residencias.

Las medidas dispuestas en el decreto entran en vigencia desde este 15 de diciembre de 2020, y hasta el levantamiento del estado de emergencia, incluyendo cualquier posible prórroga de este, o hasta que se disponga alguna variación a tales medidas.

Las acciones son tomadas en atención al actual incremento exponencial en la propagación de la enfermedad en el ámbito  nacional e internacional.

El decreto de este martes deroga los decretos números 504-20, 554-20 y 684-20 relativo al toque de queda, así como sus modificaciones.

La Dirección de Información y Prensa de la Presidencia comunicó que a partir del día de hoy, las reglas que regirán conforme a las provincias y horarios son las siguientes:

Nochebuena y Fin de Año

De manera excepcional, los días 24 y 31 de diciembre de 2020 el toque de queda aplicará en todo el territorio nacional de 7:00 de la noche a 5:00 de  la madrugada en los lugares públicos y lugares privados de uso público.

En estos dos días, únicamente, la gracia para transitar desde lugares privados hacia las respectivas residencias, será hasta la 1:00 de la madrugada del día siguiente.

Se mantienen las excepciones para personal médico, miembros de prensa, seguridad privada y responsables de distribución de mercancías como combustibles y alimentos.

Fuente: https://elnuevodiario.com.do

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