Plan de gestión de la magistratura del defensor

El notable arquitecto catalán, Antonio Gaudí, expresó alguna vez que “ser original significa volver a los orígenes” La introducción de la figura del defensor del Pueblo, conocido genéricamente como ombudsman es uno de los más significativos aportes al constitucionalismo latinoamericano de las últimas tres décadas.

No se ha entendido que el Defensor del Pueblo, Órgano Extrapoder expresamente encargado de contribuir con la salvaguarda de los derechos fundamentales (Sentencia TC/0001/15, arts. 190-191 de la Constitución) instaurado en nuestro país inicialmente mediante disposición de rango legal, y constitucionalizado en la norma de normas del año 2010.

Legitimidad

Lastimosamente, el órgano no se ha podido convertir en el mediador para garantizar la legitimidad de la Constitución y la tutela judicial de los ciudadanos, ya que para esto se debe de convierte en portavoz de las manifestaciones sociales, y procesa las querellas realizadas por los ciudadanos en las cuales se encuentran involucradas las funciones de la administración pública.

Legalmente tiene Legitimidad Activa y Procesal pero no la ha sabido usar en Litigios Estratégicos que le brinden la Legitimidad Moral y con ella la Legitimidad Social Asimismo, la tramitación pura y simple de las quejas de los ciudadano no es un indicador de gestión valido, lo que si es un indicador de gestión potente es la resolución de los conflictos o las injusticias del ciudadano. La Estrategia complementaria es la Educación y la Investigación, pero no se ha usado.

Temor

Es cierto que debe tomar en solitario sus decisiones y cargar luego con las consecuencias y eso no favorece su trabajo porque lo expone. Para superar esa dificultad puede recurrir a variantes objetivas y otras subjetivas. Las objetivas son las que le indican el derecho internacional de los derechos humanos.

De ese modo se va equivocar poco y aunque incomode, su recomendación será inapelable. Otra es ubicarse desde las posiciones de las organizaciones de la sociedad civil, las cuales podrán brindarle una mayor fortaleza.

Las variantes subjetivas las determina su conciencia. Como expresó Octavio Paz “desde que el hombre comenzó a pensar, es decir desde que empezó a ser hombre, un silencioso testigo, lo mira pensar, gozar, sufrir y, en una palabra vivir: su conciencia”.

 Agenda Institucional

La Magistratura del Defensor: La función del Ombudsman no es la de suplantar a ninguna autoridad de las que existen, sino por el contrario, hacer que éstas funcionen adecuadamente, hacer que se cumpla el mandato específico que las instituciones tienen.

Legitimidad: La institución del Ombudsman o Defensor del Pueblo sirve precisamente para apoyar al ciudadano que se ve desprotegido y hacer que la autoridad que tiene una función específica pueda cumplirla a favor de ese ciudadano o ciudadana.

La justicia es un requisito para la existencia de un Estado social, democrático y de derecho. El Defensor del Pueblo tiene el compromiso de aportar sustantivamente en su establecimiento.

Por lo tanto El Defensor debe de defender los Valores de la Constitución e involucrarse en temas como: Enseñanza de la Constitución; Tutela Derechos Individuales, Colectivos y DifusosViolencia DomésticaImpunidad / Rendición de Cuentas; Políticas Públicas y Balance de los PoderesAdministración de Justicia.

Agenda Organizacional

Modelo de Gestión: “Conjunto de la estructura de organización, de responsabilidades, de procedimientos, de procesos y recursos, que se establecen para llevar a cabo la gestión de calidad”. Esto como el mecanismo idóneo para la legitimidad social del Órgano Constitucional. La legitimidad social se construye necesariamente con tres herramientas: Las oportunidades de diálogo y consenso. la educación y la comunicación. Por lo tanto debe de lograrse una serie de productos como son: Manual de Procedimientos, Manual de Cargos, Certificación, Auditorias, Reglamento Interno, Reglamento Disciplinario y Código de Ética del Defensor

Agenda Legislativa

“Hay que educar al hombre para que respete las leyes. Sin leyes no hay sociedad humana, y las leyes sólo tienen valor si cada persona las acepta y las respeta y las hace respetar”. Profesor Juan Bosch.

En este sentido fruto de la Constitución 2010 y la evaluación de la sociedad dominicana el Defensor del Pueblo en su nueva gestión tiene necesariamente que abrazar las siguientes iniciativas legislativas y apoyarlas para que sean leyes. En total hemos identificado 12 Leyes que integraran esta agenda.

Fuente: https://elnuevodiario.com.do

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