Puesto en retiro en el 2010, el director de la Policía llevó el caso a los tribunales y volvió en 2015

Esta decisión no fue bien aceptada por el general en ese entonces, ya que consideró que no cumplía con los requisitos debido a que tenía menos de 35 años en el servicio policial y esa es una de las condiciones que debían cumplirse para poner a un agente policial de ese cargo en retiro.

República Dominicana: Eduardo Alberto Then, el recién designado director de la Policía Nacional, permaneció fuera de la institución del orden por casi seis años, debido a que el 16 de agosto del 2010, el entonces presidente de la República, Leonel Fernández, lo puso en retiro por antigüedad en el servicio.

A través del decreto 453-10, el Poder Ejecutivo puso en retiro a Then, al igual que a otros ocho generales más que pertenecían a la Policía Nacional pensionados por antigüedad.

Esta decisión no fue bien aceptada por el general en ese entonces, ya que consideró que no cumplía con los requisitos debido a que tenía menos de 35 años en el servicio policial y esa es una de las condiciones que debían cumplirse para poner a un agente policial de ese cargo en retiro.

El general acudió ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA) y al Tribunal Constitucional con un recurso de amparo para volver a las filas del orden, el cual fue conocido dentro de esas cortes.

Dentro de la descripción del fallo se indica que la sentencia núm. 066-2014, objeto del recurso de revisión constitucional de amparo, fue dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el 19 de febrero del 2014, fue acogida en cuanto al fondo la acción de amparo incoada por el general retirado (Policía Nacional) Eduardo Alberto Then.

Asimismo, señala que la parte recurrente (Policía Nacional) interpuso un recurso de revisión debido a que la sentencia del TSA “era irregular”, razón por la cual procedía anularla y que anteriormente había sido notificado por el Tribunal Superior Administrativo al Consejo Superior Policial, al Ministerio de Interior y Policía y al procurador general administrativo.

El TSA acogió en cuanto al fondo la acción de amparo incoada por el general retirado y ordenó al Consejo Superior Policial hacer el trámite correspondiente ante el presidente de la República de ese entonces la resolución número RES-POL-120-10.

Uno de los motivos por los cuales la resolución fue recurrida era: que se “trata en la especie de una acción de amparo en cumplimento de la

resolución RES-POl-120-10, de fecha 03 de diciembre del año 2010 emitida por el Ministerio de Interior y Policía, mediante la cual se solicita al Tribunal “ordenar a la jefatura de la Policía Nacional dar cumplimiento a la resolución No. Res-Pol-l20-10, de fecha 03 de diciembre del 2010, emitida por el Ministerio de Interior y Policía, la cual ordena el reintegro a la Policía Nacional del general de brigada de la Policía Nacional, señor Eduardo Alberto Then, por haber sido puesto en condición de retiro con disfrute de pensión, por antigüedad en el servicio”, sin observarse lo establecido en el artículo 96 de la Ley de la Policía Nacional, 96-04 de fecha 28 de enero del 2014, tal y como lo ordena el artículo 256 de la Constitución de la República.

El artículo 96 de la Ley de la Policía Nacional señala que el tiempo en servicio en el cual el retiro será obligatorio e inmediato, para los miembros de la Policía Nacional, será de 35 años en caso de los oficiales generales.

En ese entonces Eduardo Alberto Then señalaba que la Jefatura de la PN no había cumplido con la remisión de dicha resolución al presidente de la República para que este evalué la reconsideración del Ministerio de Interior y Policía respecto a su reintegración a las filas del orden.

De su lado, la respuesta de la Policía fue alegar que la acción iniciada por Then, contra el organismo del orden, carecía de fundamento legal, por lo que a su consideración la sentencia realizada por el TSA era “a todas luces, irregular”, a la vez que violaba el artículo 256 de la Constitución que señala la reintegración de sus miembros con excepción de ciertos casos que hayan sido retirados en violación de la ley orgánica de la Policía Nacional.

Según lo establecido en la sentencia del Tribunal Constitucional Eduardo Alberto Then, fue reintegrado a las filas de la Policía Nacional con su mismo rango de general de brigada, el 13 de enero del 2015, mediante orden general núm. 010-2015, dando cumplimiento a la sentencia de amparo núm. 066214, dictada por Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el 19 de febrero del 2015.

Fuente: https://www.diariolibre.com

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