Enfrentamiento estadístico entre JCE y Salud Pública por cifras de muertes por COVID-19

La Junta Central Electoral (JCE) tiene registradas, hasta el 9 de septiembre, 8,656 muertes por COVID-19 en la República Dominicana, cifras que contrastan con las del Ministerio de Salud Pública, institución que reporta hasta el momento 4,014 muertes por la misma causa.

Del total que reporta la JCE, 5,498 pertenecen al sexo masculino y 3,158 al femenino; 8,243 fallecieron en una clínica u hospital; 359 en casa o residencia; 28 en carretera o en la vía; 14 transcripciones de fallecimientos en el exterior y 12 en otro lugar no especificado en el documento aportado.

El órgano indicó que los datos se desprenden de su Registro Civil el cual, aseguró, “son fidedignos y apegados a los procedimientos legalmente establecidos”.

“… los datos aportados han sido depurados minuciosamente ya que la exclusión de estas cifras impacta a la integridad y confianza de nuestro padrón electoral”, agregó la JCE en un comunicado enviado este viernes.

Destacó que los resultados abarcan todo el territorio nacional, aun cuando el registro aparezca solo en 101 municipios, debido a los límites jurisdiccionales que establece la ley, relativa a que el fallecimiento se registra en el lugar donde ocurre.

“Esto obedece a que al inicio de la pandemia había clínicas y hospitales específicos para tratar pacientes con COVID-19”, dijo.

La JCE también resaltó que cada uno de esos asentamientos de defunciones tienen un evento creado en el sistema del Registro Civil y se “agotaron los procedimientos establecidos por la ley para afirmar que fueron defunciones ocurridas”.

“En relación a la entidad que en principio tiene competencia para emitir el certificado que acredita el fallecimiento, que sirve de sustento para el registro y posterior emisión del acta de defunción por parte de la JCE, en la actualidad es el Ministerio de Salud Pública”, adicionó la JCE, que dijo en un comunicado este viernes, que emitió las estadísticas a solicitud de medios de comunicación. .

El órgano electoral y de registro civil dijo que en procura de evitar el subregistro ante la disgregación de las entidades que pueden certificar el fallecimiento (Salud Pública y alcaldes pedáneos), la JCE propuso en la modificación de la Ley 659-44 que cursa en el Congreso Nacional.

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Fuente: https://www.diariolibre.com

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