Defensa de Fernando Rosa atribuye aplazamiento a que MP “salió huyendo de la audiencia”

SANTO DOMINGO.- Este miércoles la Corte de Apelación del Distrito Nacional aplazó para el próximo miércoles 20 a las 9 de la mañana, el conocimiento del proceso de apelación interpuesto por el implicado en el caso Anti-Pulpo Fernando Rosa.

Los abogados de la barra de defensa del imputado, quien guarda prisión preventiva por presunto vínculo al entramado societario de Juan Alexis Medina, atribuyeron la decisión de la Corte a que el Ministerio Público “salió huyendo de la audiencia”.

El coordinador del equipo de defensa técnica del expresidente del FONPER, licenciado José Miguel Minier, atribuyó a negligencia del Ministerio Público el alegato de que no pudieran descargar los documentos que acompañan la solicitud de apelación, y criticó que no buscaran una solución o se asistieran de alguna memoria externa con esos fines.

“Esa fue una excusa para no conocer los recursos sometidos, de manera que le salieron huyendo para que los imputados duren más tiempo presos”, afirmó Minier.

Dijo que si los jueces de la Corte de Apelación aplican el principio del legítimo derecho, “va de seguro a revocar la decisión que fuera tomada contra Fernando Rosa y demás imputados”.

Minier anunció como un elemento de gran importancia el hecho de que la Corte ordenara se permita comunicación directa de los abogados con los acusados.

“La Corte le ordenó al Ministerio Público y al nuevo modelo penitenciario, que permitan que los abogados tengamos contacto y comunicación efectiva con nuestros imputados”, explicó.

El jueves de la pasada semana Fernando Rosa sometió un recurso de apelación por ante la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, en el que solicita la revisión de la medida de coerción que le fuera impuesta.

En un amplio documento depositado por su cuerpo de abogados, encabezado por José Miguel Minier e integrado por José Geovanny Tejada y Nelson Miguel Peralta Fernández, solicitaron rechazar la imposición de prisión preventiva como medida de coerción y ordenar la libertad pura y simple de su defendido.

Además, que en su defecto se aplique una menos gravosa previa declaratoria de inconvencionalidad de la aplicación o interpretación del todo o parte de las disposiciones de los artículos 227, 229 y 234 del Código Procesal Penal, “referente a la prisión preventiva del imputado Fernando Manuel Aquilino Rosa Rosa, por ser violatorios a los principios de proporcionalidad, presunción de inocencia dispuestos en la Constitución y el bloque de constitucionalidad, al convertir dicha medida de coerción de prisión preventiva en una pena anticipada”.

Fuente: https://noticiassin.com

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