Director Intrant rechaza subir pasajes en el transporte público: «ciudadanos no deben pagar aumentos»

En ese sentido, Milton Morrison precisó que ningún chofer, sindicato, federación, empresa o prestador del servicio de transporte está facultado para aumentar el precio del pasaje de manera unilateral, ya que cualquier modificación a las tarifas debe ser previamente autorizada por el órgano rector.

SANTO DOMINGO, República Dominicana: – El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) representado por el director, Milton Morrison informó que no ha autorizado ningún aumento en las tarifas del transporte público de pasajeros, por lo que exhortó a la ciudadanía a no pagar incrementos en el costo del pasaje.

Además, recordó que el artículo 125 de la Ley núm. 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial establece que el régimen tarifario para la prestación del servicio de transporte de pasajeros es competencia exclusiva del Intrant.

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En ese sentido, Milton Morrison precisó que ningún chofer, sindicato, federación, empresa o prestador del servicio de transporte está facultado para aumentar el precio del pasaje de manera unilateral, ya que cualquier modificación a las tarifas debe ser previamente autorizada por el órgano rector.

Advirtió que cualquier incremento aplicado sin la autorización correspondiente constituye una violación a la Ley 63-17 y podrá dar lugar a las sanciones administrativas previstas en la normativa vigente, incluyendo la imposición de multas a quienes incumplan las disposiciones legales.

Morrison reiteró que la protección de los derechos de los usuarios del transporte público constituye una prioridad para la institución y exhortó a la ciudadanía a no pagar aumentos no autorizados en el pasaje, al tiempo que hizo un llamado a denunciar cualquier cobro irregular a través de los canales oficiales de la entidad.

Asimismo, aseguró que toda decisión relacionada con las tarifas del transporte será informada oportunamente por la institución, conforme a lo establecido en la Ley 63-17.

Fuente: https://elnuevodiario.com.do

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